Martes, 28 de abril de 2015

ABRIL de 2015
Volumen XXXII
N° 324
ISSN 1852-317X

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agosto 2013

Sanidad y protección animal. Ciudad de Buenos Aires.


Agencia de Protección Animal. Moreno 1379 4º piso C.P. 1091. Tel. 4124-7900

¿Qué es el Departamento de Sanidad y Protección Animal?
La Agencia de Protección Ambiental del Ministerio de Ambiente y Espacio Público creó el Departamento de Sanidad y Protección Animal con el objetivo de resguardar los derechos y tenencia responsable de los animales de la Ciudad a través de tres líneas de acción bien definidas:

  • Control de la natalidad: esterilización quirúrgica masiva, gratuita, sistemática y extendida.
  • Salud: cuidado sanitario de los animales garantizando la medicina veterinaria básica y gratuita.
  • Penalización del maltrato animal y asesoramiento en forma gratuita.

Si bien los tres puntos son importantes y fundamentales, la esterilización quirúrgica es esencial, ya que la misión del departamento es regular el crecimiento poblacional de caninos y felinos en la Ciudad de Buenos Aires. La densidad poblacional en la ciudad es de 3 millones de habitantes, y según estadísticas, hay entre 800 mil y un millón de perros y gatos (con y sin dueño). Esto significa que existe una mascota cada tres vecinos. Sin embargo hay barrios, como Lugano o Villa Soldati, donde la proporción crece a siete animales por habitante.

El objetivo es frenar la reproducción para luego, progresivamente llegar a una situación de equilibrio sostenible. La existencia y concentración de los recursos, en beneficio de unos grupos que acceden al servicio en detrimento de la mayoría, establece como prioritaria la integración programática que debe efectuarse prestando especial atención hacia aquellas aéreas criticas donde las características epidemiológicas existentes permitan definirlas como áreas de riesgo sanitario permanente con el objetivo de aumentar la equidad, eficiencia y eficacia del Departamento.

Las proyecciones realizadas por el Departamento son auspiciosas, se argumenta que un animal sanitariamente apto (esterilizado, vacunado y desparasitado), promueve la adopción espontánea. Se estima que entre el 30% y el 40% de esos perros y gatos saneados serán provistos de un hogar por los vecinos.

Asimismo, se trabajaba para fomentar la tenencia responsable, que se define a la condición por la cual una persona tenedora de un animal asume la obligación de procurarle a ese animal una adecuada provisión de alimentos, vivienda, contención, atención de la salud, control de su reproducción y buen trato durante toda la vida del mismo. Es indispensable comprender este concepto ya que afecta en forma directa a la población de animales y genera un impacto sobre la calidad de vida de los vecinos.

Beneficios para la comunidad y los animales de compañía
Las políticas públicas que aplique el departamento, apuntarán a conseguir los siguientes beneficios:

  • Mejorar la salud de la población animal.
  • Regular el crecimiento poblacional de perros y gatos.
  • Disminuir la cantidad de deyecciones caninas en espacios públicos.
  • Disminuir el riesgo de parasitosis en la población de riesgo que frecuenta espacios públicos.
  • Cumplimiento estricto de la Ley N° 14346 de “Protección Animal”, la Ley N° 1338 “Control Poblacional de Animales Domésticos” y demás normativas relacionadas vigentes.

Acciones y proyectos
El Departamento de Sanidad y Protección Animal de la Agencia de Protección Ambiental del Ministerio de Ambiente y Espacio Público propone las siguientes acciones:

Esterilización quirúrgica:
La esterilización quirúrgica resulta fundamental para lograr gran parte de los objetivos del departamento. Aunque el impacto del programa apunta a los animales abandonados, no dependientes o semi-dependientes, también se propone difundir los beneficios de la esterilización en aquellos perros y gatos que tengan hogar y estén bien cuidados por sus dueños. Los beneficios de la esterilización son los siguientes:

  • En hembras (tanto caninas como felinas):
    1. Evita el celo (y el conjunto de machos nerviosos y agresivos que convoca).
    2. Evita la falsa preñez.
    3. Previene enfermedades graves y frecuentes como la piómetra (infección uterina) y el cáncer mamario.
  • En caninos machos:
    1. Previene tumor de testículo y enfermedades de próstata.
    2. Disminuye la agresividad y el riesgo de lesiones producidas en peleas con otros machos en ocasión de competencia por una hembra en celo.
  • En felinos machos:
    1. Disminuye el riesgo de vagabundeo y/o fuga. A veces, durante la persecución de hembras en celo, los machos se terminan perdiendo).
    2. Reduce los maullidos nocturnos.
    3. Reduce el olor fuerte y persistente de su orina.
    4. Disminuye el riesgo de peleas por la competencia frente a las hembras.

Cabe aclarar y desmitificar en el imaginario popular los siguientes perjuicios que puede sufrir el animal tras su esterilización:

  • Los perros se vuelven inactivos y pierden sus cualidades de guardianes.
  • Las hembras deben tener por lo menos una cría antes de ser operadas.

Ambos postulados son absolutamente falsos.

Esterilización temprana:
La edad ideal para realizar la esterilización es a los cinco meses (si su condición física lo permite), siempre antes del primer celo o la primera alzada porque reduce al mínimo (0,5 %) la probabilidad de que el animal pueda contraer tumores hormono-dependientes.

Contexto legal
El Departamento de Sanidad y Protección Animal fue creado en vistas a la necesidad de hacer cumplir la Ley N° 1.338 “Control Poblacional de Animales Domésticos”. Dicha ley perteneciente a la legislación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue sancionada el 20 de mayo de 2004 y promulgada en julio del mismo año. En su artículo segundo establece que: “El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberá promover la convivencia armónica de las personas con los animales domésticos, dentro de una concepción de respeto por la vida y controlar la población de los mismos, previniendo su reproducción a través de los planes de esterilización quirúrgica y gratuita de perros/as y gatos/as de modo de producir impacto poblacional”.
A nivel nacional, la normativa de referencia es la Ley N° 14.346 de “Protección Animal”. La misma estipula penas para el maltrato y define consideraciones sobre actos de crueldad y malos tratos.

Compromiso ciudadano.
En la mayoría de los casos, los animales de compañía abandonados reciben cuidados comunitarios. Siempre hay alguna asociación o vecino que por lo menos procura que no le falte el alimento. La comunidad en general siente aprecio por los animales, sin embargo, no se comprometen de manera particular con ellos, ya que dicho compromiso puede implicar gastos de vacunación, tratamiento contra parásitos y esterilización quirúrgica. Al ser asumidas estas responsabilidades por el Estado, crece la posibilidad de que los mismos sean adoptados por los mismos vecinos.

La ayuda y el compromiso ciudadano y de las asociaciones protectoras de animales es clave para poner en marcha las campañas propuestas por el departamento ya que serán los mismos vecinos y organizaciones quienes acerquen a las mascotas a los centros de salud para que reciban el tratamiento correspondiente. Una vez tratado el animal, el mismo volverá al sitio en el que fue encontrado, sanitariamente apto y sin riesgo de reproducción.

Centro de adopciones de animales de compañía
Si está interesado en adoptar un animal de compañía, por favor descargue el formulario que figura a continuación y envíelo por mail a[email protected]. También puede descargar el compromiso de adopción que deberá presentar al momento de retirar el animal.

  • Formulario de solicitud para adopción de animal de compañía
  • Compromiso de adopción

Operativos de esterilización y clínicas
El Departamento de Sanidad y Protección Animal de la Agencia de Protección Ambiental (APrA) del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires realiza operativos de esterilización y clínicas médicas básicas en toda la Ciudad.

Se esterilizan perros y gatos, con y sin dueño, machos y hembras, de razas y mestizos.

Duración de cada procedimiento de esterilización quirúrgica:

  • Esterilización de hembras caninas: Tiempo quirúrgico estimado: 25 minutos aumentando en un 20 % los valores en animales preñados, obesos, etc. Tiempo operatorio total 60 minutos en valores promedio.
  • Esterilización de hembras felinas: Tiempo quirúrgico estimado: 15 minutos aumentando en un 20 % los valores en animales preñados, obesos, etc. Tiempo operatorio total 40 minutos en valores promedio.
  • Esterilización de machos caninos: Tiempo quirúrgico estimado: 15 minutos. Tiempo operatorio total 35 minutos en valores promedio.
  • Esterilización de machos felinos: Tiempo quirúrgico estimado 10 minutos. Tiempo operatorio total 25 minutos en valores promedio.

Estos operativos ofrecen además clínicas médicas básicas. Se aplican antiparasitarios externos e internos, entre otras atenciones, servicios que se irán incrementando en función del crecimiento del área.
Participan de los operativos dos veterinarios y un asistente, y se cuenta con la colaboración de vecinos voluntarios en la difusión de las fechas en las que se realizarán los operativos y los requisitos a tener en cuenta previo a la intervención quirúrgica del animal.

En la actualidad y con el fin de cumplir con los designios de la creación de esta área (protección, sanidad, bienestar y tenencia responsable de los animales),se realizaran las siguientes acciones:
Censo actualizada de la población canina y felina en estado dependiente, semidependiente y no dependiente en la Ciudad de Buenos Aires.

  1. Adquisición de quirófanos móviles y fijos para cumplir con los objetivos del área y, fundamentalmente, con las normas y protocolos básicos de cirugía ejerciendo una real sanidad y protección en los animales intervenidos.

Fuente: http://agenciaambiental.gob.ar