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enero 2010

Provincia de Buenos Aires: los perros peligrosos deberán estar registrados.

Ya se publicó en el Boletín Oficial la ley 14.107, que entrará en vigencia en 90 días.
Deberán ser registrados los perros de las razas rottweiler, los akita inu, los american Staffordshire, bullmastif, bull terrier, doberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileño, gran perro japonés, mastín napolitano, pit bull terrier, entre otras potencialmente peligrosas, de la provincia de Buenos Aires.
Deberán ser llevados de paseo con correa corta y bozal, y también tener un chip o tatuaje de identificación. Las multas estarán ent4re los $ 500 y $ 2.000.

Exceptuados de esta obligación están a los perros pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Seguridad del Estado.

El Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos quedará registrado a partir de esta norma, con delegación en cada municipio. Los perros deberán inscribirse antes de los seis meses de edad.

El perro no podrá ser dejado en lugares comunes de inmuebles que pertenezcan a más de un propietario y tampoco abandonado. Además, «El perro que tenga lugar de residencia habitual fuera del territorio de la provincia de Buenos Aires está sujeto a lo establecido en esta Ley cuando se halle dentro de la Provincia», establece el artículo 9.